Prisión permanente revisable, la respuesta a la presión de Ciudadanos
Ls nuevos delitos de prisión permanente revisable:
1. Asesinato con obstrucción de la recuperación del cadáver.
2. Asesinato después de secuestro.
3. Violación en serie.
4. Violación a un menor tras privarle de libertad o torturarle.
5. Muertes en incendios, estragos en infraestructuras críticas o liberación de energía nuclear o elementos radioactivos.
En otros países de la Unión Europea (los casos de Francia, Alemania o Italia) se aplica también a la rebelión. En España el Gobierno no tiene intención de dar ese paso aunque cree que debe legislarse para evitar que puedan beneficiarse de una medida como el indulto.
El Gobierno aprobó un anteproyecto para ampliar en cinco supuestos la prisión permanente revisable. El ministro de Justicia, Rafael Catalá, negó que el proyecto del Gobierno tenga motivaciones electoralistas.
Pero admitió que -según "todas las encuestas"- en torno al 80% de los ciudadanos, independientemente de su sensibilidad política, reclama este tipo de castigo para los delitos más graves. El ministro subrayó que la prisión permanente revisable se ajusta a la Corte Penal Internacional y a la Convención Europea de Derechos Humanos. Insistió en que obtuvo todos los informes necesarios cuando se aprobó en España en el año 2015.
Ante la proposición en el Congreso para derogarla, el Gobierno se compromete no sólo a impedirlo. Quiere ampliar los supuestos a los que se aplica. Rafael Catalá razonó que esta pena no es inhumana. Al ser revisable y depender de la rehabilitación, puede ser incluso menor que las penas máximas de 40 años.
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